Outsourcing: ¿explotación laboral contemporánea?

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Qué fácil es idealizar la vida adulta cuando sé es pequeño, pero crecimos y nos dimos cuenta de la realidad de las cosas y el contexto en el que vivimos cada uno de nosotros. Incluyendo los tiempos que afrontamos: una pandemia, sus variantes, la competencia y precarización laboral, y un largo etcétera. Ser adulto ya no se volvió tan divertido, ¿eh?

Hablemos un poco de la precarización laboral y sus variantes, en teoría tenemos mejores condiciones que, por ejemplo, nuestros padres o abuelos, pero ya no tenemos -mi generación- plan de jubilación, ni siquiera contratos definidos, ahora existen más mujeres en puestos de alto rango, pero la brecha salarial entre hombres y mujeres sigue siendo enorme. Luego los relativos nuevos malvados como el outsourcing.

¿Pero qué es el outsourcing y cómo nos afecta?

Básicamente es la subcontratación de personal y servicios. Una empresa requiere colaboradores y éstos son subcontratados por terceros. Te preguntarás ¿qué hay de malo en este modelo de contratación?. Cuando una empresa emplea a una persona ofrece las prestaciones básicas que por ley nos corresponden, como seguro social, vacaciones, reparto de utilidades, aguinaldo, entre otros. Así como hay beneficios, también hubo quienes hicieron mal uso de esta herramienta, no daban las prestaciones ya mencionadas y la situación comenzó a interpretarse como evasión fiscal e incumplimiento laboral hacia el trabajador.

¿Qué pasa cuando una empresa externa contrata?

Es aquí donde los que de por sí ya no entramos en la generación de la jubilación, perdemos aún más. Una mala práctica de algunas empresas era (o es) dar de baja temporalmente del IMSS a sus colaboradoras para “ahorrarse” algunas cuotas y después de algún tiempo darlos de alta nuevamente. ¿Qué sucede? el tiempo que nos mantuvieron de baja no se acumula en nuestras semanas cotizadas o en el mejor de los casos te registran el en Instituto Mexicano del Seguro Social con el salario mínimo y no con el que ganas realmente, afectando tus ahorros para la vejez y tu crédito INFONAVIT, por mencionar un par.

Ante esta situación el Gobierno Federal busca regularizar ésta práctica, principalmente a través de la reforma de la Ley del Trabajo, aprobada en Septiembre del 2021, donde estipula que está prohibida la contratación de personal que realice actividades iguales o similares al giro de la empresa. Sin embargo, si se puede hacer uso del outsourcing si se trata de servicios especializados, por ejemplo, si una empresa requiere de una auditoría anual, podría subcontratar una empresa dedicada a este tipo de servicios.

No todo es malo, esta modalidad permite la optimización de algunos procesos tecnológicos y humanos, por ejemplo, el reclutamiento de personal o la especialización en algunas áreas, lo cuestionable aquí, es la manera y las ventajas en que las grandes empresas lo estaban utilizando para “ahorrarse” ciertas obligaciones.

Lo importante, para evitar caer en el “lado oscuro” es verificar con qué empresa te están contratando y con cuál estás cotizando, las prestaciones que ofrecen y firmar un contrato (puede que esto te parezca absurdo, pero en muchos lugares no se firma contrato para no tener ningún tipo de vinculación en caso de terminar la relación laboral).

Recuerda que ninguna organización establecida y seria evitará las obligaciones como patrón, y si lo detectas ¡corre, Forrest, corre!.

Sé que la presión social, la ansiedad y las mil cosas que resuenan en la cabeza es avasalladora y en muchas ocasiones nos hace caer en desesperación, pero sí existen los buenos lugares, con buen salario y prestaciones, puede que tengas que estar en diez trabajos malos para encontrar el ideal; yo aún no lo hago pero sé que lo haré y tú también.

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Por Adriana Miguel

Licenciada en Ciencias de la Comunicación y editora en Financieros Sin Corbata. Amante de los libros, la expresión escrita y todo lo relacionado con el mundo de la literatura.